DENOMINACIÓN DE ORIGEN BIERZO

 

La Denominación de Origen Bierzo se aprobó en el año 1989.

 

Zona de Producción

 

La Denominación de Origen Bierzo se encuentra situada en la comarca del Bierzo, al Noroeste de la Provincia de León, lindando con Galicia y Asturias y ocupando una depresión tectónica rodeada por los montes de León y la Cordillera Cantábrica.

Esta zona vitivinícola se sitúa en el Valle del río Sil, situándose las viñas en una zona de suave pendiente.  En esta rica y fértil llanura situada entre los 450 y los 1000 metros de altitud,  se da un clima predominantemente Atlántico pero también con rasgos mediterráneos, predominando temperaturas suaves (temperatura media de 12,3ºC), con unos rangos máximos que oscilan entre los 4 º C en invierno y 24ºC en verano, elevada insolación (2.150 horas de luz anuales) y un buen aporte hídrico (721 mm).

El 100% de las 3.980 hectáreas de superficie de la plantación de viñedos, se emplea para la producción, reservando un 2 % de esta superficie para el cultivo ecológico.

La zona de producción de los vinos amparados por la Denominación de Origen Bierzo está constituida por los terrenos ubicados en los siguientes términos municipales de la Provincia de León:

Arganza

Bembibre

Borrenes

Cabañas Raras

Cacabelos

Camponaraya

Carracedelo

Carucedo

Castropodame

Congosto

Corullón

Cubillos del Sil

Fresnedo

Molinaseca

Noceda

Ponferrada

Priaranza

Puente Domingo Flórez

Sancedo

Vega de Espinareda

Villadecanes - Toral de los Vados

Villafranca del Bierzo

 

Características de la producción

 

- Las prácticas de cultivo serán las tradicionales que tiendan a conseguir las mejores calidades.

- La densidad máxima de plantación será de 3.800 cepas por hectárea. El número máximo de yemas por cepas, de 18.

- La formación de la cepa se efectuará de la forma siguiente:

·        Sistema tradicional: Formación en vaso con 4-6 brazos, de los cuales dos como máximo irán podados a vara.

 

§  Pulgar: Con 2 yemas vistas como máximo.

§  Vara: Con 4 yemas vistas como máximo.

 

·        Formación en espaldera: en plantaciones dirigidas y apoyadas, la poda se efectuará a vara y pulgar, simple o doble, respetando el máximo de 180 yemas por cepa.

No obstante, el Consejo Regulador podrá autorizar la aplicación de nuevas prácticas culturales,  tratamientos, labores, etc.…, que constituyendo un avance en la técnica vinícola se compruebe no afecta desfavorablemente a la calidad de la uva o del vino producido.

 

- La producción máxima autorizada es de  11.000 kg/ha

- La vendimia se realizará con el mayor esmero, dedicando exclusivamente a la elaboración de los vinos protegidos la uva sana con el grado de madurez necesario.

 

- La vendimia suela comenzar a mediados del mes de septiembre, pero El Consejo Regulador podrá determinar la fecha de iniciación de la vendimia y acordar normas sobre el ritmo de recolección a fin de que esta se efectúe en consonancia con la capacidad de absorción de las bodegas, así como sobre el transporte y el tipo de envase utilizado para el traslado de la uva vendimiada para que aquel se efectúe sin deterioro de la calidad de la uva.

 

Variedades de vid:

 

La elaboración de los vinos protegidos se realizará exclusivamente con uvas de las variedades  siguientes:

 

·        Tintas

 

-      Mencía. Variedad Preferente.

-      Garnacha Tintorera

 

·        Blancas

 

-      Doña Blanca. Variedad Preferente.

-      Malvasía

-      Palomino

-      Godello. Variedad Preferente.

 

Además se incluyen otras variedades experimentales, aprobadas por el Pleno del Consejo, y que están pendientes de ser autorizadas por parte de la Junta de Castilla y León, entre ellas las tintas Merlot, Cabernet-Sauvignon y Tempranillo

 

Tipos de Vino en función de la proporción de variedad de uva.

 

·        Vinos Tintos

 

-      Se elaboran con un mínimo del 70% de la variedad ‘Mencía´.

 

 

·        Los blancos

 

-      Son elaborados con las variedades Doña Blanca, Godello y Palomino.

 

·        Los rosados

 

-      Suelen estar elaborados con uvas tintas Garnacha tintorera, Palomino y un mínimo del 50% de Mencía, o de mezclas de uvas tintas y blancas. Tipos de vino




 

Graduación alcohólica:

 

Los vinos amparados por la Denominación de Origen “Bierzo” son  Tintos, Rosados y Blancos, con los siguientes límites una graduación alcohólica adquirida, según el tipo.

 

·        Vinos Tintos - 11 -14%  vol.

·        Vinos Rosados - 11% - 14%  vol.

·        Vinos Blancos -  10%-13% vol.



 

Elaboración

 

- Las técnicas empleadas en la manipulación de la uva, el mosto y el vino, el control de la fermentación y el proceso de conversación, tenderán a obtener productos de máxima calidad, manteniendo los caracteres tradicionales de los tipos de vinos amparados por la Denominación de Origen.

 

- Para la extracción de mosto de uva fresca en elaboraciones en virgen, o de vino de los orujos fermentados en elaboraciones en tinto en el proceso de obtención de productos aptos para ser amparados, por la Denominación de Origen Bierzo, sólo podrán ser utilizados sistemas mecánicos que no dañen o dilaceren los componentes sólidos del racimo; en especial quedará prohibido el empleo de máquinas estrujadoras de acción centrifuga de alta velocidad

 

- En la elaboración de vinos con Denominación de Origen Bierzo, no se podrán utilizar prácticas de precalentamiento de la uva o calentamiento de los mostos o de los vinos en presencia de los orujos tendentes a forzar la extracción de la materia colorante.

 

- En la producción del mosto se seguirán las prácticas tradicionales, aplicadas con una moderna tecnología orientada hacia la mejora de la calidad de vinos. Se aplicarán presiones adecuadas para la extracción del mosto y del vino y su separación de los orujos, de forma que el rendimiento no sea superior a 70 litros de mosto o vino por cada 100 kilogramos de vendimia.

 

- Las fracciones de mosto o de vino obtenidas por presiones inadecuadas no podrán en ningún caso ser destinadas a la elaboración de vinos protegidos. El límite de litros de mosto o vino por cada 100 kilogramos de vendimia podrá ser modificado excepcionalmente en determinadas campañas por el Consejo Regulador, por propia iniciativa o a petición de los elaboradores interesados, efectuada con anterioridad a la vendimia, previos los asesoramientos y comprobaciones necesarios.

 

- La elaboración de vinos de la Denominación de Origen Bierzo ha de realizarse en bodegas enclavadas dentro de la zona de producción que establece el Reglamento.

 

 

Crianza y Tipos de Vino según el tiempo de envejecimiento.

 

La zona de crianza de los vinos de la Denominación de Origen Bierzo, está integrada por los términos municipales que componen su zona de producción

Los vinos amparados por la Denominación de Origen Bierzo, para poder hacer uso de las menciones tradicionales «Crianza», «Reserva» y «Gran Reserva», han de someterse a un proceso de envejecimiento en barricas de madera de roble y éste proceso de envejecimiento se realizará en las bodegas inscritas en el Registro de Bodegas de Crianza del Consejo Regulador.

Las condiciones de uso del proceso de envejecimiento, siguen la normativa general, así:

«Crianza».

 

·        En los vinos amparados por la Denominación de Origen Bierzo que se someten a crianza, la duración mínima del proceso será de dos años naturales, de los cuales seis meses, al menos estarán en envases de madera de roble de capacidad máxima de 1.000 litros. Para merecer la calificación relativa a la edad y crianza de los vinos, se ajustará a lo que determine la legislación vigente.

 

·        Los vinos blancos y rosados: como mínimo han de estar 6 meses en barrica de Roble y 18 meses en botella. Total 2 años.

 

«Reserva».

 

·        El vino deberá tener un mínimo tres años de envejecimiento naturales, donde se someterá a un proceso de envejecimiento mixto en envase de roble y botella. Se establece un período mínimo de doce meses durante los cuales el vino permanecerá en barrica de roble.

 

 

 «Gran Reserva».

 

·        El vino se someterá a un proceso de envejecimiento mixto en envase de roble y botella. Se establece un período mínimo de dieciocho meses durante los cuales el vino permanecerá en envase de roble.

 

 

 

Para más información:

 

 

Orden Ministerial 11-11-89 (BOE 12-12-89) Orden de 11 de noviembre de 1989 por lo que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Bierzo y de su Consejo Regulador.

 

Corrección de errores publicada en el BOE de 3-01-90

 

Consejo Regulador D.O. “Bierzo”

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